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Reflexiones sobre el papel del maestro en tiempos de pandemia y agendas neoliberales.

19 Feb

Visto en: https://www.universidad.edu.co/sobre-el-papel-del-maestro-en-tiempos-de-pandemia-felipe-cardenas-feb-21/

Reflexiones sobre el papel del maestro en tiempos de pandemia y agendas neoliberales.

Dr. Prof. Felipe Cárdenas Támara Ph.D, Felipe.cardenas@unisabana.edu.co

Profesor Universidad de La Sabana

Director Grupo de Investigación sociopolítica, cultura y ambiente

Líder académico Maestría en Educación

Toda sociedad y cultura ha expresado, expresa y expresará el significado de la educación como los contenidos vitales que el maestro, la sociedad y las instituciones como organizaciones educativas tienen que proyectar en dicha sociedad.  El acto educativo desborda las propias responsabilidades del maestro, siendo la educación un proceso dinámico que no está limitado exclusivamente al proceso de transmisión de contenidos educativos que deben ser aprendidos por unos aprendices, que en la sociedad actual están marcados por las directrices de gobiernos neoliberales que imponen agendas basadas en dudosas competencias educativas que no reflejan una sólida lectura teórica de la educación. Toda la realidad enseña y el ser humano vive una vida con sentido que desborda lo meramente biológico, o los contenidos de un relato que se impone exclusivamente desde los valores de la empresa. Podemos hacer historia y estamos atravesados por la historia, cuyos referentes desbordan los sentidos del diálogo mono cultural que se viene imponiendo en el ámbito educativo. Yo puedo aprender de otros con sólo observarlos en sus oficios y quehaceres. Una lección básica de la antropología es que aprendemos del contacto con la realidad, cuyas lógicas desbordan el aula, y así podemos proyectar introspectivamente con base en la experiencia lo que la realidad en toda su complejidad me está enseñando.  La educación es más que instrucción; la educación es más que resultados de aprendizaje.                         

El oficio de maestro, el del educador no es tan sencillo como lo estamos expresando. La lucidez de George Steiner nos advierte del riesgo de la idealización, de la cual nos es difícil apartarnos cuando queremos argumentar sobre “las verdades subyacentes a esta profesión” (Steiner, 2011).  Para Steiner, en su trabajo titulado Lecciones de los maestros (2011), donde evoca a la figura arquetípica de ellos –Sócrates, Platón, Virgilio, san Agustín, Dante, Husserl, Heidegger y Jesús y sus apóstoles– dicha profesión está marcada por “complejas raíces religiosas e ideológicas”.  El oficio de maestro no puede eludir complejos datos soteriológicos que marcan la historia humana más allá de la racionalidad del relato que se impone desde las competencias neoliberales, cuyos contenidos conversacionales no expresan toda la trama de la historia, e ignoran recurrentemente el papel del arte, la literatura y las ciencias sociales y humanas en la configuración cultural y política de nuestras sociedades. Una educación que margina por imposición doctrinaria el despliegue espiritual de la comunidad educativa amparada en fundamentaciones exclusivamente empresariales se hace cómplice de las fuerzas del mal, desvirtuando la representación profunda del maestro y del docente.  En palabras de Steiner:

<<La profesión del profesor –este mismo un término algo opaco– abarca todos los matices imaginables desde una vida rutinaria y desencantada hasta un elevado sentido de la vocación. Comprende numerosas tipologías que van desde el pedagogo destructor de almas, hasta el Maestro carismático>>.

Si retomamos los sentidos etimológicos de la palabra educación vamos a encontrar varias ideas-fuerza y un profundo potencial semántico.[1] Veamos: Para la civilización occidental etimológicamente la educación, palabra derivada de educatio (crianza, entrenamiento, educación) se entiende como enseñanza en el sentido de proyectar la acción y efecto de desarrollar las facultades intelectuales y morales. El verbo educare se entiende como vinculado a las acciones de nutrir, criar, educar.  Otro verbo derivado e inspirador es educere que se entiende como guiar, exportar, extraer.  Se afirma que el prefijo ex indica hacia afuera y está asociado a la raíz indoeuropea eghs, que a su vez está presente en el prefijo griego ek‒ex, presente en las palabras exclipse, ecléctico, exorcizar y exodonte. El verbo ducere está relacionado con la raíz indoeuropea deud que se entiende como guiar y arrastrar. Así los humanos estamos marcados y definidos por la educación, nuestras vidas pueden ser entendidas como partículas educativas que guían de manera activa nuestras vidas y las vidas de otros, incluidos los no-humanos. En ese sentido, ninguna sociedad o cultura en sus procesos educativos tiene por propósito explicito formar tontos, charlatanes o desadaptados, ni mucho menos analfabetas sociales y emocionales; pero la paradoja es que la institucionalización de la escuela en la configuración civilizatoria del modo de producción capitalista no le permite siempre al educando aprender la cultura ni lo que es la vida (Moreno, 2003).                                                                                                                                                       La educación en la figura del maestro, uno de los principales actores en la evolución de los sistemas escolares contemporáneos, desborda los sentidos lexicográficos de cualquier diccionario, manual o enciclopedia que nos hablen de educación. Consideramos que es pertinente la reflexión en las circunstancias sociales actuales,  donde pareciera que la misión primordial de la escuela, la universidad, los colegios y los agentes responsables de la formación de las nuevas sociedades, se interesaran únicamente por formar, no seres humanos capaces de dar lo mejor en una actitud generosa de donación, sino entes competitivos para el mercado, el consumo y el capitalismo deshumanizante;  esta realidad se ve reflejada en la crisis de valores puesta en escena en la doble moral de nuestros líderes políticos, religiosos y por qué no familiares:  la familia, cuna de la formación, también se encuentra en cuidados intensivos.

La figura del maestro, como problema de sentido, ontológico y político tiene que comprenderse desde instancias históricas y antropológicas. No basta con decir que el maestro es el representante de todas las instancias políticas existentes en una sociedad. Desde una comprensión así el maestro o maestra representaría al Estado, al sindicato, al dueño del colegio privado, a los padres de familia o a los niños o al propio gremio. Una concepción de esta naturaleza expresa el eclecticismo ético y moral de los tiempos que vivimos y tiene el riesgo de contaminar ideológicamente la labor y el trabajo de la profesión. Los problemas de la representación política definen el núcleo de la indagación en ciencia política y dicha indagación no se puede comprender sin la articulación histórica del hombre en sociedad (Voegelin, 2006, p. 41).   Así pues, cada maestro, como cada institución educativa están relacionados históricamente, pero dicha articulación no agota los problemas de la representación política, ya que en la figura del hombre existen constantes o estructuras fundamentales en el sentido platónico y aristotélico que metafísicamente deben considerarse como atemporales, como por ejemplo la vida del espíritu, que en su realidad vital no puede ser reducida a condiciones exclusivamente biológicas, orgánicas o incluso culturales.   El anterior enunciado, se ha olvidado por los estados totalitarios y autoritarios que buscan la instrumentalización de la educación en aras de unos propósitos particulares, ya sea económicos (el estado neoliberal), de clase (el estado marxista), o burocráticos.   En el fondo de la trama cultural, toda sociedad puede intuir a través de sus mitologías o de su pensamiento mitopoetico que las fuentes de su existencia devienen de una verdad trascendente que desborda los sentidos políticos del partido, de la clase, del estado o de las mismas condiciones económicas. El hombre está en capacidad de buscar la verdad. Los grandes maestros de la historia, han proyecta sus enseñanzas a dimensiones que desbordan los sentidos políticos, del mercado y/o electorales con los que se reduce la noción de la representación política y la existencia humana. No se pueden desconocer las realidades biológicas y materiales en el hombre, pero la tensión fundamental del dato antropológico vislumbra la posibilidad real del despliegue espiritual, es decir hay espacio para la realidad de los trascendente. El hombre es un ser en relación consigo mismo, con el otro y por lo tanto con la realidad social y el Estado.  Esa verdad se expresa en la vida familiar, social, cultural y política como una experiencia de orden diferenciada, cuya vitalidad no se puede captar plenamente, tal como lo afirmaba M. Sciacca (1961) desde hace más de cinco décadas, ni desde el cientificismo sociológico, ni desde el positivismo lógico de las ciencias sociales.  De manera concreta los escenarios principales construidos como trayectos biográficos y organizacionales que marcan la vida de los sistemas escolares y de sus actores están resumidos en las siguientes condiciones existenciales identificadas por Steiner (2011): 

<<Hay maestros que han destruido a sus discípulos psicológicamente y en algunos casos físicamente; han quebrantado su espíritu, han consumido sus esperanzas, se han aprovechado de su dependencia y de su individualidad. El ámbito del alma tiene sus vampiros. Como contrapunto, ha habido discípulos, pupilos y aprendices que han tergiversado, traicionado y destruido a sus maestros…La tercera categoría es la del intercambio, el eros de la mutua confianza e incluso amor <<el discípulo amado de la Ultima Cena>>. En un proceso de interrelación, de osmosis, el maestro aprende de su discípulo cuando le enseña. La intensidad del diálogo genera amistad en el sentido más elevado de la palabra. Puede incluir tanto la clarividencia como la sinrazón del amor>>.

El maestro en la civilización occidental está sujeto al símbolo político más importante de esta sociedad de raíces judeocristianas: su trabajo y su ser están sujetos a la representación política de la imagen y representación del hombre como Imago Dei, símbolo que hoy está fracturado dada la confusión eclesiológica reinante a la que nos tienen sometidos las iglesias fundamentadas en las teologías de la prosperidad como criterio de salvaciónPor lo tanto, la identidad del maestro en su núcleo identitario tiene que estar en tensión con los principios y valores del complejo entramado constitutivo de la civilización occidental, cuyos referentes históricos y antropológicos ya no se enseñan en nuestros colegios y universidades obsesionadas y domesticadas por la institucionalidad estatal que impone una agenda educativa que poco se discute o debate en la vida cotidiana de nuestros sistemas educativos. Así lo que tenemos es un ciudadano totalmente incompetente para comprender y hacer historia. Además, se constata la presencia de instituciones poco virtuosas.

Bibliografía

Sciacca, Michele. (1961).  La filosofía de hoy. Barcelona: Luis Miracle.

Steiner, George. (2011). Lecciones de los maestros. Madrid: Ciruela. 

Voegelin, Eric. (2006), La nueva ciencia de lo político, Buenos Aires, Katz.


[1] Tomado de Etimología de Educación. En: http://etimologias.dechile.net/

¿Tiene derechos el humano no-nacido?

26 Feb

Crítica al Comité Nacional del Paro

17 Ene

https://www.evernote.com/l/AJjaAkxCk2dCSJCvVnJZI4xouNVnlBMt26A/

 

Desde el 21 de noviembre del año 2019, diversos grupos de la sociedad colombiana le declararon un paro al gobierno del presidente Iván Duque. Sabemos que uno de los principales propulsores del paro y de las manifestaciones de protestas fue el movimiento Con las Pensiones No y Salario Digno. Incluso fueron los dirigentes de este movimiento quienes criticaron fuertemente a los lideres sindicalistas del país quienes querían postergar el paro para el año 2020. La ministra del trabajo Alicia Arango y el ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla venían liderando una propuesta de reforma pensional orientada a debilitar el sistema de pensiones de prima media en Colombia. Dada la fuerza de la protesta social, duramente reprimida por el Esmad, el gobierno de Duque paró momentáneamente la reforma. Sin embargo, aprobó la reforma tributaria, habiendo presionado a a los partidos políticos cercanos al gobierno y a los congresistas para que aprobaran una supuesta ley de crecimiento económico. La reforma tributaria fue aprobada, sin mayor discusión a las cinco de la mañana del día 20 de diciembre. Iniciado el año, el día 17 de enero de 2020, nuevamente los estudiantes de Bogotá, y otros grupos sociales desencadenan protestas sociales. Estamos observando un ciudadano beligerante, activo y bastante reactivo a todo lo que venga del gobierno de Duque. Toda una nueva generación de ciudadanos, que se unen, al igual que como sucede en Barcelona, Chile, Hong Hong Kong para protestar por las injusticias sociales, la corrupción y la soberbia del estado. No puede quedarnos duda de que el movimiento social puede ser manipulado, como de hecho sucedió en estos meses, cuando los puntos que se le hicieron llegar al presidente Duque por parte de los supuestos lideres del paro, excluían toda referencia contundente al tema de las pensiones. Las peticiones se llenaron de todo tipo de reclamos, sin duda justificados, pero de cierta manera se excluyo la voz de miles de colombianos que han sido afectados por el régimen de pensiones privados impuesto en Colombia. La situación de falta de claridad de quienes se dicen representar el paro en Colombia ha sido fuertemente criticada por las bases del movimiento por las pensiones No. En el siguiente enlace la nota de audio que refleja la inconformidad de quienes hoy piden un paro total en Colombia.

 

Éxodo:manifiesto político para la preservación de la persona humana, la naturaleza y el cosmos

15 Ene

Presentación del libro Éxodo. Manifiesto político para la preservación de la persona humana, la naturaleza y el cosmos. (2012-2019), escrito por el profesor Felipe Cárdenas Támara Ph.D. Los siguientes aforismos o apotegmas buscan clarificar una política de la vida, de la promoción de la persona humana, de defensa de la naturaleza y de la restauración del cosmos sagrado. Quien escribe es profesor universitario, fue candidato Vicepresidencial de Colombia para el periodo 2006-2010 por el Movimiento Ambientalistas por Colombia y Restauración Democrática. En el sentido electoral de la política, esa ha sido su única participación en el engranaje de la política colombiana marcada por los faccionalismos, la corrupción, la ineficacia y violencia del Estado y la perversión del ethos ético de la mayoría de los partidos políticos colombianos, casi todos contaminados de lo peor de la modernidad occidental. Las breves sentencias y argumentos que siguen expresan la voz de quienes no tienen voz en la política occidental, dominada por los criterios de lo políticamente correcto y del marketing político, famélico de ideas y de propuestas de cambio y de respeto de la dignidad trascendente del ser humano. Los textos se inspiran en el libro bíblico del Éxodo, y en el fondo el título expresa la realidad del sentido de la huida sagrada que los ciudadanos del siglo XXI tienen que emprender para liberarse y emanciparse del yugo que nos esclaviza. La huida es más dramática hoy que en aquellos tiempos bíblicos, puesto que el enemigo puede estar al interior de nosotros mismos. Ya no sólo vivimos en una sociedad disciplinaria, como señalaba Michel Foucault. Vivimos tiempos marcados por la decadencia del ser y la esclavitud del hombre a los ídolos del mercado.

Version Kindle: https://cutt.ly/DrcakiR

Versión impresa: https://cutt.ly/ercak65

Éxodo: manifesto político

21 Nov

Cárdenas, Felipe. 2019. ÉXODO: Manifiesto político para la preservación de la persona … https://www.amazon.com/dp/1704073359/ref=cm_sw_r_wa_awdb_t1_tIN1Db8GBGF2G manifiesto político

PARA COMPRENDER A COLOMBIA. Una lectura crítica del acontecer político de los últimos años, Escrito de Felipe Cárdenas.Recomiendo la versión impresa

Disponible en Amazon: https://n9.cl/9pz2

Los siguientes aforismos o apotegmas buscan clarificar una política de la vida, de la promoción de la persona humana, de defensa de la naturaleza y de la restauración del cosmos sagrado. Quien escribe es profesor universitario, fue candidato Vicepresidencial de Colombia para el periodo 2006-2010 por el Movimiento Ambientalistas por Colombia y Restauración Democrática. En el sentido electoral de la política, esa ha sido su única participación en el engranaje de la política colombiana marcada por los faccionalismos, la corrupción, la ineficacia y violencia del Estado y la perversión del ethos ético de la mayoría de los partidos políticos colombianos, casi todos contaminados de lo peor de la modernidad occidental. Las breves sentencias y argumentos que siguen expresan la voz de quienes no tienen voz en la política occidental, dominada por los criterios de lo políticamente correcto y del marketing político, famélico de ideas y de propuestas de cambio y de respeto de la dignidad trascendente del ser humano. Los textos se inspiran en el libro bíblico del Éxodo, y en el fondo el título expresa la realidad del sentido de la huida sagrada que los ciudadanos del siglo XXI tienen que emprender para liberarse y emanciparse del yugo que nos esclaviza. La huida es más dramática hoy que en aquellos tiempos bíblicos, puesto que el enemigo puede estar al interior de nosotros mismos. Ya no sólo vivimos en una sociedad disciplinaria, como señalaba Michel Foucault. Vivimos tiempos marcados por la decadencia del ser y la esclavitud del hombre a los ídolos del mercado.

 

El mercurio en Colombia y la enfermedad de Minamata

30 Oct

El fraude de los fondos privados de pensiones

10 Ene

 

Experto opina sobre el acuerdo de paz entre Santos y las Farc.

20 Sep

Como profesor de Cátedra de la Paz en la Universidad de La Sabana, miembro  de la Asociación Iberoamericana de Antropología, Doctor Honoris Causa en Educación Terciaria, y después de un análisis minucioso de los acuerdos,  confirmo que lo pactado en la Habana genera una ruptura constitucional severa en la realidad política de Colombia y somete a la sociedad colombiana a una situación de inseguridad sin precedentes en la historia de Colombia. Dr. Profesor. Felipe Cárdenas Támara. Ph.D

La paz, la corrupción lingüística, y el derrumbe de las relaciones con la verdad

24 Sep

Felipe Cárdenas

La primera victima del proceso de paz de Santos es la relación lingüística y la verdad. Parece que el logro de la paz romperá con el rigor de los códigos lingüísticos. Mírese en que termina reducida la categoría de crímenes de lesa humanidad. Las penas que generaría un crimen de guerra o genocidio, son de 5 a 8 años. Eso lo que quiere decir, es que la impunidad será la norma. Todo por el logro  de la paz. Evidentemente el sistema judicial colombiano, como la Constitución sufrirán una fuerte mutación semántica que tendrá el efecto de romper con la consistencia ontológica de las cadenas de significación. Los efectos: la banalización del mal en la vida de los colombianos. Todo por el logro de la paz. La Paz de Santos y de las Farc no soportan un análisis lógico de orden semántico y lingüístico. Todo por el logro de la paz. Lo cierto, es que el acuerdo de realizarse, cambiará ya sea para bien o para mal el modo de existencia de los colombianos. Ciertamente, el Acuerdo de Paz con las Farc no es la paz en sí misma. La paz tendrá que ser construida desde los usos sociales que todos los colombianos le quieran otorgar. No es simplemente una definición o un acuerdo. La paz refiere relaciones de todo orden; estas relaciones empiezan por el respeto a ciertas verdades ontológicas que parece que tanto el gobierno como la guerrilla de las Farc ignoran o no reconocen. Así, la única relación concreta que realizaron tanto la guerrilla como el gobierno, fue vincularse entre ellos y establecer una relación de hijo putativo y padre putativo. Creo que enormes sectores de la sociedad colombiana quedaron excluidos del acuerdo en mención.  Una de esas relaciones se vincula a principios no negociables. Tanto para el gobierno como para las Farc todo es negociable, por lo tanto el principio ontológico, no se cumple; es decir, estamos en el terreno de la convención social que nos impone la verdad relativa desde la que opera el gobierno y la guerrilla. Todo por el logro de la paz.

La paz del gobierno excluye el campo de los principios y busca alterar, mediante nociones como la de justicia transicional el campo lo los significados que operan en el terreno de la verdad y de las relaciones con la verdad de la palabra. La lógica empírica se viene expresando existencialmente autónoma con respecto a las verdades primeras. En palabras sencillas, la verdad y la justicia, y la reparación a las victimas se realizará a medias. No hay posibilidades ni intención en generar una justicia integral en el proceso de paz que adelanta el gobierno. Es una paz a medias.  Es una paz a medias que no va a establecer condiciones para una paz de orden existencial en la vida de los colombianos. Las corrupciones semánticas y sus implicaciones sociológicas son evidentes: i) penas ridículas para los crímenes de lesa humanidad, es decir banalización de la palabra crimen de humanidad ii) dejación de armas y no entrega de armas (lo que profundiza el derrumbe de los sentidos de la verdad) iii) justicia transicional, que es otra forma de encubrir la incapacidad del estado en lo referido a administrar justicia. Las Farc son las grandes ganadoras de este proceso. El país tendrá, bajo la política de la dejación de armas que seguir soportando las huestes armadas de las Farc en el territorio del país.

Corte Europea de Derechos Humanos vs el Crucifijo ¿Libertad Religiosa o Provocación Anticristiana?

8 May

Dr. Fadi Rabbat

El presente trabajo ofrece un análisis crítico sobre un interesante problema de Derecho Internacional derivado de un proceso promovido en cortes internacionales contra una ley italiana, por una ciudadana finlandesa residente en Italia, por una orden de retirar crucifijos en escuelas públicas. Más allá del tema religioso, el caso tiene vigencia por el debate actual entre la supremacía de una ley local versus aquéllas internacionales.

El grupo mediático canadiense Sun puso en la mesa la advertencia de que este año se registró el mayor índice de persecución contra los cristianos a lo largo y ancho del globo. Entre los expertos que han tomado postura al respecto está Isaac Six, Director del International Christian Concern, organización no denominacional que realiza el monitoreo de los derechos humanos de todos los cristianos, quien señaló: “A menos que haya un cambio drástico en la tendencia actual, creo que en 2014 vamos a ver las cosas peores”.

Inscritas en los anales de la historia, tales persecuciones se han llevado a cabo, ya de una forma directa, a través del ataque físico —el caso del salvajismo en Medio Oriente—, ya de una forma indirecta, a través del ataque moral. En este último caso está el uso de algunos principios prestanombres, como la “libertad de conciencia” en el caso de la sentencia dictada el 3 de noviembre de 2009 por la Corte Europea de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo. Ésta provocó gran conmoción no sólo en Italia, sino en gran parte del resto de los países europeos. Lo que sucedió fue que el Tribunal ordenó retirar los crucifijos de las escuelas públicas, ya que partió de la consideración de que su presencia en sí, violaba la libertad de religión y conciencia de los menores, así como su derecho a la enseñanza y a la libre educación.

La Corte ordenó retirar los crucifijos de las escuelas públicas, considerando que su presencia violaba la libertad de religión y conciencia de los menores, así como su derecho a la libre educación.

fadi_1La sentencia tomó como punto de partida el carácter laico del Estado Italiano, así como la interpretación antirreligiosa —según presentaré más adelante— de la Convención Europea de Derechos Humanos. Quizás el contexto sociopolítico de la sentencia ayude a comprender el tamaño de la reacción de parte del Tribunal. Desde hace tiempo, en ocasiones y sin las debidas distinciones, se ha acusado a los órganos paneuropeos (pertenecientes a la Unión Europea y al Consejo de Europa) de imponer una agenda de iniciativas uniformadoras que hacen caso omiso de las particularidades históricas, culturales y religiosas de las diversas regiones y Estados miembros; así como de ejecutarlas sin contar con la participación ciudadana. Un ejemplo de ello, paradigmático por cierto, es el hecho de que recientemente entrara en vigor el Tratado de Lisboa (1 de diciembre de 2009), sin consultar previamente a la población sobre la cual se aplica. En este contexto, y de la mano de la Santa Sede, el Gobierno Italiano había entrado ya en conflicto con los impulsores de la fracasada Constitución Europea, cuando, en medio de aquella ola uniformadora, se rechazó hacer mención del cristianismo en el preámbulo, con lo cual se hizo tabla rasa, tanto de la propia historia europea, como de la idea originaria de unificación.

Tal orientación anticristiana fue vista por muchos plasmada en la sentencia de Estrasburgo, quizá orientada también por la percepción de que algunos dirigentes y órganos europeos sustentan, de manera incomprensible, para la identidad comunitaria del futuro, la presencia del Islam en los países de la Unión. De este modo, establecen prohibición para los crucifijos, al mismo tiempo que defienden los símbolos religiosos musulmanes.

Es aquí cuando decimos: ¿Dónde quedó el principio de igualdad ante la ley? La decisión tomada por el tribunal europeo ha de ser leída, por lo tanto, desde un punto de vista complejo en el que confluyen aspectos históricos, culturales, religiosos, como incluso étnicos, de difícil arreglo. Con el propósito de facilitar el análisis argumental de la sentencia en cuestión, en primer lugar serán examinados los hechos de facto y de derecho que le sirvieron como fundamento, con el fin de que, en segundo lugar, sea formulada una crítica a la decisión desde el ángulo de sus fundamentos doctrinales.

Hechos de Facto y Hechos de Derecho

La ciudadana finlandesa Soile Lautsi, residente de Abano Terme, Véneto, Italia, con sus 2 hijos, Dataico y Sami Albertin, frecuentaba la escuela pública “Istituto Comprensivo Statale Vittorino da Feltre”. Para el curso 2001/2002 sus pequeños tenían 11 y 13 años, respectivamente. Las salas de clase de la Escuela contaban con un crucifijo que colgaba de sus paredes, hecho considerado por Lautsi como violatorio a la libertad de conciencia y de religión, así como al derecho a la educación y la enseñanza, de acuerdo con las propias convicciones y opuesto también al principio de laicidad de la república italiana. En reunión celebrada en la escuela el 22 de abril de 2002, Lautsi exigió que los crucifijos fueran sacados, alegando que su postura estaba amparada por la jurisprudencia, dado que la Corte de Casación había establecido que la presencia de un crucifijo en salas de votación preparadas para elecciones políticas era un hecho que iba en contra de la laicidad del Estado. El 27 de mayo de 2002, la dirección de la escuela tomó una decisión oficial, sosteniendo que la presencia de los crucifijos en las salas escolares era perfectamente compatible con la legislación vigente del Estado Italiano.

fadi_2El 23 de julio de 2002, la demandante cuestionó la decisión ante el Tribunal Administrativo de Venecia, apoyándose en los artículos 3 y 19 de la Constitución Italiana, así como en el artículo 9 de la Convención Europea de Derechos Humanos, alegó entonces violación de la libertad de conciencia y de religión, así como quebrantamiento del principio de laicidad. Asimismo, denunció la violación del principio de imparcialidad de la Administración Pública y exigió la promoción de una cuestión de constitucionalidad ante la Corte Constitucional. El 14 de enero de 2004, el Tribunal Administrativo de Venecia estimó que el asunto de constitucionalidad no era manifiestamente infundado, y reenvió el caso a la Corte Constitucional.

Promover la libertad religiosa es algo muy diverso a coaccionar la expresión religiosa.

En virtud de la resolución núm. 389 del 15 de diciembre de 2004, la Corte Constitucional se declaró en incompetencia, puesto que las disposiciones sometidas a su conocimiento no tenían fuerza de ley. Así fue reanudado el proceso ante el Tribunal Administrativo de Venecia. La sentencia núm. 1110 del 17 de marzo de 2005 rechazó las acciones que Soile Lautsi impuso. Pero prosiguió en sus intentos de erradicar la cruz de las escuelas italianas, por lo que interpuso un recurso ante el Consejo de Estado. Sin embargo, por sentencia del 13 de febrero de 2006, el alto organismo denegó el recurso, con fundamento en que la cruz ya se había convertido en uno de los valores laicos de la Constitución Italiana y, por tanto, representaba los valores de la vida civil.

Luego de perder en todas las instancias nacionales, el 27 de julio de 2005, Soile Lautsi recurrió a la Corte Europea de Derechos Humanos con sede en Estrasburgo, con el fin de iniciar litigio en contra de la República italiana (demanda núm. 30814/06), tanto en su nombre, como en el de sus hijos Dataico y Sami Albertin.

La demandante alegó que la exposición de la cruz en las salas de clases de la escuela pública frecuentada por sus hijos constituía una profanación de la libertad de conciencia y de religión, así como un atentado al derecho a una educación y una enseñanza que vayan de acuerdo con sus propias convicciones religiosas y filosóficas. Asimismo, argumentó que, dada la libertad de enseñanza y la obligatoriedad de asistir a la escuela, la presencia de crucifijos estaba siendo impuesta tanto a alumnos y padres de familia como a los propios profesores, al mismo tiempo que favorecía la religión cristiana en detrimento de otras.

fadi_4De este modo, el Gobierno de la República Italiana se hizo parte del proceso, y observó que, en rigor, la querella interpuesta por la demandante debía resolverse en una sede filosófica y no jurídica. Asimismo, la simbología de la cruz no sólo es de carácter religioso, sino cultural e histórico, por lo que debe plantearse como un asunto relacionado con la identidad nacional. En decisión unánime, adoptada el 3 de noviembre de 2009, la Corte Europea de Derechos Humanos acogió la demanda de Soile Lautsi, declarando que la exhibición de crucifijos en una escuela pública viola la libertad de conciencia y de religión, por una parte, pero también el derecho a la educación conforme a las propias convicciones religiosas o filosóficas, justo como estos derechos han de ser entendidos, según lo señalado por la Convención Europea de Derechos Humanos. Asimismo, sostuvo que la laicidad y la neutralidad confesional del Estado exigen la exclusión de la cruz de las escuelas públicas, y condenó a Italia a realizar un pago de cinco mil euros por concepto de indemnización.

Crítica de sus Fundamentos Doctrinales

Al penetrar en la sentencia, deducimos que la Corte Europea no atendió a las particularidades constitucionales del país demandado; es decir, que por razones históricas, la Iglesia Católica en Italia tiene un status especial desde el punto de vista constitucional, amén de que sus relaciones con el Estado se rigen por acuerdos recíprocos de colaboración. Tampoco constató aspectos históricos; esto es, que de manera gradual se ha dado una simbiosis entre cristianismo y cultura en aquel país, una íntima interrelación que es impensable ignorar y necesaria para comprender el verdadero papel que juega la cruz como simbología concreta en la esfera pública italiana. Así, se puede decir que juzgó infra petita. Dicho estudio es inexcusable desde el punto de la naturaleza del símbolo religioso.

Afirmar la laicidad de las instituciones es algo muy distinto a negar el papel que tiene el cristianismo en las raíces de nuestras sociedades.

Conviene ahora analizar los cinco argumentos de la Corte:

fadi_5a) Argumento de la Laicidad. La Corte apela al principio de laicidad del Estado, a fin de colocar en interdicción el crucifijo en las escuelas públicas. Pero ni el Convenio Europeo de Derechos Humanos ni la jurisprudencia histórica de la Corte habían adoptado para entonces un modelo de laicidad que justificase tal consecuencia. Por el contrario, se había entendido siempre que la “laicidad” era el equivalente de “imparcialidad”. Así, con la decisión en comento, laicidad viene a exigir una postura dinámica de interferencia que busca la supresión del fenómeno religioso en la vida pública, aún cuando responde de manera masiva a una tradición histórica y cultural que identifica.

b) Argumento de la Neutralidad Confesional. La sentencia invoca el principio de neutralidad confesional, y señala que no se debe tener ninguna consideración, específicamente, por la religión cristiana, ni “por ninguna religión”. No obstante, esto no es en si neutralidad religiosa (esto es, permitir la coexistencia dinámica y activa entre las distintas religiones y su papel formativo), sino más bien neutralidad antirreligiosa (es decir, privar a las religiones de su función social). Es justamente así, cómo en este caso, la supuesta neutralidad del Estado no se presenta al servicio de la libertad religiosa de los ciudadanos, sino que, más bien, se sirve de esa libertad con el fin de crear espacios públicos en apariencia asépticos que, en realidad, son dóciles receptores del pensamiento único que el Estado educador les ha impuesto en materia de moral sexual, social, medioambiental, etcétera.

c) Argumento de la Significación Religiosa Predominante. A juicio nuestro, este argumento parte de un hecho no acreditado: que la significación cultural del crucifijo tiene un peso muy escaso. Las reacciones contra la propia sentencia en Italia y toda Europa —incluso en Grecia—9 desde ambientes no necesariamente religiosos prueban, al parecer, lo contrario.

d) Argumento de la Dimensión Negativa de las Libertades de Religión y de Enseñanza. Desde el ámbito español, el jurista Rafael Palomino ha señalado la incongruencia de este argumento:

La libertad religiosa negativa significa, entre otras cosas, que las personas no pueden verse expuestas a una influencia religiosa o ideológica no querida o contraria a las propias convicciones. La estimación de las situaciones lesivas son muy variadas: desde las más patentes y claras, como obligar a una persona a jurar por Dios antes de ocupar un cargo político o profesional (sentencia Buscarini y otros contra San Marino; Alexandridis contra Grecia), hasta otras menos patentes o intrusivas, como verse expuesto a signos o manifestaciones de creencias (religiosas o no religiosas) que no se comparten, que son contrarias a las propias o incluso que se rechazan (el sonido de unas campanas de una Iglesia, el canto del muecín desde el minarete, etc.).

Estas últimas “lesiones” o molestias a la propia identidad religiosa son, sencillamente, inevitables en muchos casos: se derivan de la pluralidad religiosa de la sociedad, de la historia y tradiciones del país en el que vive o que visita, etc. Pues bien: esta misma graduación de lesiones a la libertad religiosa negativa se produce en la escuela de titularidad estatal: hay situaciones flagrantes de lesión, como verse sometido de forma obligatoria a la enseñanza religiosa confesional (sentencia Folgerø contra Noruega) o a una asignatura indoctrinadora (piénsese en la Educación para la Ciudadanía en España). Y hay también situaciones menos patentes en su lesividad, o menos invasivas de las propias convicciones, como encontrarse en un aula presidida por un crucifijo.

Respecto de esta última situación, creo que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha limitado a constatar una lesión de la libertad religiosa y a señalar que esa lesión es inadmisible, pero sin justificar por qué debe predominar incondicionalmente la libertad religiosa de la madre y de los alumnos afectados sobre la historia y cultura italianas. Y esto hubiera sido muy útil para el futuro: con la sola sentencia en la mano se siembra el conflicto en las aulas si, por ejemplo, al aproximarse el mes de noviembre el centro escolar promoviera la fiesta de Halloween o en abril la fiesta de la primavera o en enero la fiesta de la Constitución (probablemente contraria a la libertad religiosa negativa de los Testigos de Jehová).

Es una resolución cargada de prejuicios contra el fenómeno religioso en general y que va en contra del crucifijo como símbolo religioso y cultural en particular.

Por otra parte, ha de agregarse que el concepto de libertad religiosa negativa necesita ser sometido a examen, al menos en lo que se refiere a su extensión. Resulta absurdo pretender la existencia de un derecho que destruye su propio objeto. Por ello, el que la libertad de conciencia y de religión deba prescindir de todo culto, práctica o simbología religiosa contradice in recto la naturaleza de esa misma libertad.

e) Argumento de la Libertad de Enseñanza amparada por el Pluralismo. A juicio nuestro, este argumento incurre en la falacia de excesiva generalización. Lo anterior ya que el pluralismo no se identifica con la pérdida de la propia identidad, sino por el contrario, presupone su perdurabilidad y vigencia, en especial en el ámbito educativo. De este modo, cabe indagar si un símbolo religioso hace parte de determinada identidad nacional, cultural e histórica, y no rechazar de plano esa posibilidad, tal como hacen los sentenciadores.

Church vs. State

Conclusión

A partir del análisis precedente se puede concluir que la sentencia de la Corte Europea de Derechos Humanos que ordena sacar los crucifijos de las escuelas públicas es, a nuestro juicio, una resolución sin fundamentos razonables, cargada de prejuicios contra el fenómeno religioso en general, y que va en contra del crucifijo como símbolo religioso y cultural en particular. De este modo, la noción de laicidad que maneja surge de una postura filosófica previa que, por su naturaleza especulativa, no es posible resolverla por la vía de un tribunal, y que, de cualquier forma, no puede ser impuesta por vía jurídica a quienes no la comparten, salvo que ello se haga a expensas de la libertad de conciencia y de religión que la propia Corte está obligada a garantizar.

Es, en fin, un fallo inicuo, dado que busca imponer a los menores el agnosticismo práctico en el espacio público, tal como si en el corazón de los países cristianos, sus símbolos propios fueran un vil material cuyo daño es necesario evitar. A fin de cuentas, como recordó el ex Presidente del Consejo de Ministros de Italia, Giuliano Amato, Europa es tierra donde la cruz se encuentra cada cien pasos, de Grecia a Suecia.

Y más aún: algunos países u organizaciones como la Cruz Roja llevan la cruz incluso en sus banderas. Me pregunto: ¿La cruz que figura en una bandera, signo de soberanía de un país, no está acaso violando la libertad religiosa de los que no son cristianos? En el primer caso, ¿por qué piden socorro a la Cruz Roja? Y en el segundo, si no viven a gusto en alguno de estos países y se sienten afectados por el símbolo de la cruz en su bandera; una de dos: O que se vayan a otro que les resulte más cómodo a su pensamiento, o que demanden al país para que cambie su bandera por sentencia de la Corte de Estrasburgo; y a lo mejor hasta los indemnizan ¿no es cierto? Y siendo consecuentes con su pensar, yo creo que estas personas no deben estudiar Aritmética, porque violan sus derechos religiosos, ya que en su base están las famosas cuatro operaciones entre las que se hallan el signo de la cruz, tanto la de Cristo: “+”, como la de San Andrés: “x”. ¿Qué es esto? Sólo herejías jurídicas.

Por principio, la democracia respeta los derechos de la minoría, pero que no pisotee los derechos de la mayoría, ya que, en su definición, la democracia es el Gobierno de la mayoría. Me hace reír el sólo ver cómo actúan algunos europeos y gringos: Quieren quitar la cruz de los lugares públicos, porque les afrenta; pero se enorgullecen si la ponen o la reciben como condecoración sobre el pecho. ¡Cuánta incoherencia! ¡Qué derroche de hipocresía!

Para poner límites a esta sentencia, hago una invitación al Parlamento italiano a seguir lo que había hecho el Parlamento polaco (Sejm), aprobando una declaración en defensa de la libertad religiosa y a favor de la presencia de crucifijos en las escuelas, por votos. “El Sejm está preocupado por las decisiones que buscan conciliar la libertad religiosa, pero ignoran los derechos y sentimientos de los creyentes”, dice el texto. “La señal de la cruz no es sólo un símbolo religioso y un signo del amor de Dios a la gente, sino que en la esfera pública recuerda la disposición a sacrificarse por los demás, y expresa los valores que construyen el respeto de la dignidad de cada hombre y sus derechos”. En conclusión, el afirmar la laicidad de las instituciones es algo muy distinto a negar el papel que tiene el cristianismo en las raíces de nuestras sociedades. A su vez, promover la libertad religiosa es algo muy diverso a coaccionar la expresión religiosa.